martes, 4 de marzo de 2014

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN LA FORMACIÓN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS.

Formación de manipuladores de alimentos


Las obligaciones del empresario son dos: 
1) solicitar el Certificado de Formación de manipulador de alimentos o de mayor riesgo a trabajadores nuevos en la empresa. 
No existe el término "carnet de manipulador" como tal, sino Certificado de Formación que se obtiene asistiendo a cursos de formación y superando los objetivos marcados en el curso. Conviene recordar que los trabajadores que dispongan de formación reglada (formación profesional o título universitario relacionado con la cocina o la restauración) no necesitan Certificado de Formación expedido por otras empresas, puesto que ya disponen de los conocimientos en materia de seguridad e higiene.
2) que los trabajadores en su lugar de trabajo reciban la formación necesaria para el puesto que ocupen. Mediante:
  • formación continúa: la corrección verbal de malas prácticas de algún trabajador observadas por el propietario o gerente de la empresa.
  • entrega de documentación: manuales o documentos recogidos en campañas informativas de las conserjerías de salud, asociaciones alimentarias, etc
  • entrega de la guía de buenas prácticas, recogida en el sistema de autocontrol de la propia empresa o bien guías reconocidas de otras entidades
  • etc,...
La renovación de los cursos depende de lo establecido en el plan de formación de cada empresa de manera individual. No hay normativa que te exija una frecuencia para renovar la formación.




 



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